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Calculadora de indemnización por despido sin causa

Estime la liquidación final por despido sin causa en Argentina: antigüedad (art. 245), preaviso, integración del mes, SAC y vacaciones proporcionales, explicados.

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En este artículo
  1. Calculadora
  2. Los rubros de una liquidación por despido
  3. Un ejemplo
  4. Qué no contempla
  5. Parámetros y fuentes
  6. Preguntas frecuentes

Un despido sin causa dispara varios rubros a la vez: la indemnización por antigüedad, el preaviso si no se otorgó, la integración del mes de despido, el aguinaldo proporcional y las vacaciones no gozadas. Cada uno tiene su regla y se suman en la liquidación final.

Esta calculadora los estima con la Ley de Contrato de Trabajo tal como quedó después de la ley 27.742 (2024), que eliminó las multas por registración deficiente y llevó el período de prueba a seis meses. Sirve para que el dueño entienda la cuenta antes de hablar con su contador o abogado.

Calculadora

Base del art. 245: el mes más alto de los últimos doce, sin el aguinaldo ni pagos extraordinarios.

Base de preaviso, integración, SAC y vacaciones. Si lo deja vacío se usa la mejor remuneración.

Complete los datos y el resultado aparece acá, con el detalle de cada rubro.

Los rubros de una liquidación por despido

Indemnización por antigüedad (art. 245). Un mes de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses. Siete años y cuatro meses cuentan como ocho; siete años y dos meses, como siete. Nunca menos de un mes. La base tiene un tope: tres veces el promedio de las remuneraciones del convenio colectivo que corresponda, que publica la Secretaría de Trabajo; si el sueldo supera ese tope, la Corte (fallo Vizzoti) fijó que la base no puede reducirse más del 33%.

Preaviso (arts. 231 a 233). Si el empleador despide sin avisar con la anticipación legal, paga el sueldo de ese período: quince días en período de prueba, un mes hasta cinco años de antigüedad y dos meses después. Lleva su proporción de aguinaldo.

Integración del mes de despido. Cuando el despido no es el último día del mes, se paga lo que falta hasta fin de mes, también con aguinaldo proporcional.

Aguinaldo proporcional. La mitad del sueldo por los días trabajados en el semestre, como en la calculadora de aguinaldo.

Vacaciones no gozadas (art. 156). Los días del año en curso que la persona ganó y no tomó, proporcionales al tiempo trabajado, pagados a sueldo ÷ 25, más su aguinaldo.

Un ejemplo

Logística Ejemplo SA despide sin causa el 15 de agosto de 2026 a un empleado que ingresó el 1 de marzo de 2019 y cuya mejor remuneración fue de $1.600.000. Antigüedad: 7 años y 5 meses → 8 períodos → $12.800.000 de art. 245. Preaviso de 2 meses: $3.200.000 más $266.667 de SAC. Integración de 16 días: $853.333 más $71.111 de SAC. SAC proporcional del segundo semestre (46 días de 184): $200.000. Vacaciones: 21 días anuales × 227/365 ≈ 13 días → $832.000 más $69.333 de SAC. Son unos $18,2 millones antes de aportes sobre lo remunerativo.

Qué no contempla

El tope de convenio (no sabemos cuál aplica a su empresa), despidos con causa, renuncias, acuerdos de desvinculación (art. 241), despidos discriminatorios o durante licencias protegidas, y las diferencias que un juicio podría agregar (intereses, honorarios). Para liquidar en serio, hable con su contador.

Parámetros y fuentes

Los valores que usa esta calculadora, con la norma de la que salen y desde cuándo rigen. Si alguno cambió y no lo actualizamos, escríbanos.

ParámetroValorVigente desdeFuente
Indemnización por antigüedad1 mes de la mejor remuneración mensual, normal y habitual por año o fracción mayor de 3 meses; mínimo 1 mes; tope 3 veces el promedio del convenioLCT art. 245
Preaviso15 días en período de prueba; 1 mes hasta 5 años de antigüedad; 2 meses con más de 5LCT art. 231 y ley 27.742
Período de prueba6 meses (ampliable por convenio hasta 8 o 12 según tamaño de la empresa)LCT art. 92 bis (ley 27.742)
Integración del mes de despidoDías que faltan hasta fin de mes, a sueldo ÷ 30LCT art. 233

Preguntas frecuentes

¿Qué cambió con la ley 27.742 (Ley Bases) en los despidos?

Eliminó las multas de las leyes 24.013 y 25.323 por empleo mal registrado, extendió el período de prueba a seis meses y habilitó que los convenios reemplacen la indemnización por un fondo de cese. Los rubros clásicos (art. 245, preaviso, integración, SAC, vacaciones) siguen igual.

¿La indemnización paga aportes o ganancias?

Los rubros indemnizatorios (art. 245, preaviso, integración) no llevan aportes ni contribuciones y están exentos de ganancias hasta el tope legal. El SAC y las vacaciones proporcionales son remunerativos y sí llevan aportes.

¿Cuánto tiempo tengo para pagar la liquidación final?

Cuatro días hábiles desde el despido (art. 128 y 149 LCT). Si se demora, el empleado puede intimar y se generan intereses.

¿Qué pasa si el empleado tiene menos de tres meses de antigüedad?

Está en período de prueba: no hay indemnización por antigüedad, pero sí preaviso de quince días (o su pago), aguinaldo y vacaciones proporcionales.

Herramienta del equipo de Pulso. Es una estimación para entender y controlar; la liquidación oficial la hace su contador. Revisado el . Si algo quedó viejo o le gustaría que cubramos otro tema, escríbanos a hola@usepulso.ai.

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